Cada año, el 4 de julio se conmemora y celebra el respeto e igualdad de religiones y cultos en nuestro país.
1991: La nueva Constitución Política de Colombia consagró y estableció como derechos fundamentales a la libertad religiosa, de culto y de conciencia. El artículo 19 de la Carta Magna señala: “Se garantiza la libertad de cultos. Toda persona tiene derecho a profesar libremente su religión y a difundirla en forma individual o colectiva. Todas las confesiones religiosas e iglesias son igualmente libres ante la ley”.
1994: Con el fin de consagrar un ordenamiento común para todas las religiones y cultos, y fijar el régimen jurídico básico para las distintas religiones y confesiones religiosas, se aprueba la Ley Estatutaria 133 de 1994 “Por la cual se desarrolla el Derecho de Libertad Religiosa y de Cultos, reconocido en el artículo 19 de la Constitución Política”.
1996: Se crea la subdirección de libertad religiosa y culto en Mininterior a través del Decreto 372 de 1996 con funciones de “garantizar la libertad de cultos, reconocer personería jurídica especial a las Iglesias y llevar el registro público de las entidades religiosas”.
1997: En diciembre, el Estado colombiano representado por el presidente Ernesto Samper Pizano firmó el “Concordato Evangélico” con representantes de 19 confesiones e iglesias evangélicas de Colombia.
2016: El decreto 1079 de 2026 estableció “el 4 de julio de cada año, como el Día Nacional de la Libertad Religiosa y de Cultos”. En dicha fecha, el Gobierno nacional, a través del Ministerio del Interior, y en articulación con las entidades territoriales, coordinará con el sector religioso jornadas de reflexión institucional, de oración, actos religiosos y conmemorativos de difusión y socialización sobre el respeto e igualdad de religiones y cultos.
2018: El presidente Juan Manuel Santos formalizó la creación de la Dirección Nacional de Asuntos Religiosos y anunció a Lorena Ríos Cuéllar como la primera directora de esta dependencia del Ministerio del Interior. Este mismo año, se formalizó y se inició la implementación de la Política Pública Integral de Libertad Religiosa y del Cultos.
2025: El Ministerio del Interior de Colombia y la Dirección de Asuntos Religiosos anunciaron la creación del Observatorio de Libertad Religiosa mediante la resolución 0261 del 2025. Colombia se convierte en el segundo de Latinoamérica en implementar un Observatorio de Libertad Religiosa.

