Reforma a la ley de libertad religiosa en Colombia ¿Inconstitucional?

por David Bernal

En el Congreso de Colombia se llevó a cabo la primera audiencia pública donde se socializó el proyecto de Ley Estatutaria No. 127 de 2023 (Cámara) que busca reformar la Ley 133 de 1994 de libertad religiosa y de cultos y se dictan otras disposiciones, que fue presentado por las representantes Olga Lucía Velásquez y Gloria Rodríguez.

“Realizamos la primera Audiencia Pública del proyecto 127 de 2023 de Libertad religiosa y de cultos. Con representantes de organizaciones religiosas, voceros de gobierno nacional y legisladores de la Cámara de Representantes de Colombia dialogamos para construir la mejor iniciativa”, explicó Velásquez.

Primera Audiencia Pública del proyecto 127 de 2023 de Libertad religiosa y de cultos.

Este proyecto de Ley Estatutaria fue radicado por las autoras el 10 de agosto del 2023 a la secretaría general de la Cámara de Representantes y en líneas generales, dicha reforma a la ley de libertad religiosa pretende:

– Ampliar el ámbito de aplicación de la ley, actualizando la terminología de iglesias y confesiones por un término más amplio: entidades y/u organizaciones religiosas. Esta modificación pretende que la regulación del derecho a la libertad religiosa y de cultos incluya como sujetos de derechos no solo a las iglesias o confesiones, sino también a las denominaciones, federaciones, confederaciones y asociaciones de ministros que cuentan con reconocimiento de personería jurídica por parte del Ministerio del Interior en los ámbitos de los derechos fundamentales, derecho a la igualdad religiosa, del reconocimiento de las personerías jurídicas, de su autonomía, de estímulos y beneficios, entre otros.

– Ampliar el marco de protección social integral de las entidades y/u organizaciones religiosas y sus miembros. Para tal efecto, se entiende como protección social un conjunto de intervenciones cuyo objetivo es reducir el riesgo y la vulnerabilidad de tipo social y económico.

– Ampliar e incluir el goce efectivo a todas las entidades religiosas que tienen reconocimiento de personería jurídica por parte del Ministerio del Interior para que puedan celebrar convenios de derecho público en igualdad de condiciones frente a las pocas entidades que actualmente tienen convenios.

– Establece garantías para los líderes religiosos como sujetos de especial protección constitucional.

Este proyecto de reformar la ley de libertad religiosa ya tuvo su primer debate en la Cámara de Representantes y fue designado como ponente Santiago Osorio Marín, quien  presentó una ponencia positiva sobre al proyecto de Ley Estatutaria No. 127 de 2023 (Cámara).

Reforma a la ley de libertad religiosa es “inconstitucional”

Amelia Cotes, directora de Asuntos Religiosos del Ministerio del Interior de Colombia, aseguró que “Desde este Gobierno NO estamos promoviendo reformas a la Ley 133 de 1994, lo que hacemos es cumplirla. La Dirección de Asuntos Religiosos consideró con riesgo de inconstitucionalidad el proyecto de ley de iniciativa legislativa que se presentó. Así expedimos el concepto”.

Dicho concepto, elaborado por la dirección de Asuntos Religiosos y enviado a la Cámara de Representantes, consideró que el proyecto de ley estatutaria 127 de 2023 resulta inconstitucional.

El documento  señala “para esta Dirección, el proyecto de ley estatutaria 127 del 2023 (Cámara) – “por medio del cual se reforma la ley 133 de 1994 de libertad religiosa y otros cultos y se dictan otras disposiciones”, resulta inconstitucional.  Por otro lado, esta Dirección es respetuosa de quienes tienen el criterio de la necesidad de modificar la Lay Estatutaria 133 de 1994; sin embargo, como garantes de la libertad religiosa, no compartimos el mismo. Ciertamente, la Ley Estatutaria pudo quedarse corta en algunas regulaciones que se consideraría necesarias, con lo cual no estaría de más proponer adiciones a la misma, pero no modificarla, ante el riesgo que conlleva”, puntualiza el concepto de la Dirección de Asuntos Religiosos del MinInterior.

Por: David Bernal – david.bernal@revistahyc.com

Fotos: Freepik (Foto usada bajo licencia Creative Commons) y Prensa Cámara de Representantes.

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